Cra. Mikaela M. Langone
Impuestos
Declaración Jurada de IRPF en Uruguay: quién debe presentarla y cómo funciona
Declaración Jurada de IRPF en Uruguay: conocé quiénes están obligados a presentarla, cuáles son los vencimientos y qué sucede si surge un saldo a favor o a pagar.
Es común que, cuando comienza el período de presentar la Declaración de IRPF, muchas personas se pregunten si tienen que presentar la suya.
Uno de los errores más frecuentes es pensar que todas las personas deben hacerlo. En realidad, existen situaciones en las que la presentación no es obligatoria y otras en las que sí corresponde realizarla, incluso cuando durante el año ya se realizaron retenciones de IRPF.
En este artículo te explicamos quiénes deben presentar la Declaración Jurada de IRPF, cuáles son las fechas de vencimiento establecidas por DGI y qué sucede si del cálculo surge un saldo a favor o un importe a pagar.
Contenidos de este artículo
¿Qué es la Declaración Jurada de IRPF?
¿Es obligatorio presentar la Declaración Jurada de IRPF?
¿Quiénes no están obligados a presentar la Declaración Jurada de IRPF?
¿Quiénes están obligados a presentar Declaración Jurada de IRPF?
¿Qué sucede si surge un saldo a favor en la Declaración Jurada de IRPF?
¿Qué sucede si surge un saldo a pagar en la Declaración Jurada de IRPF?
¿Tengo que presentar la Declaración Jurada de IRPF?
¿Qué es la Declaración Jurada de IRPF?
El IRPF es un impuesto anual. Esto significa que, una vez finalizado el año, es posible realizar una liquidación definitiva considerando los ingresos obtenidos, las deducciones admitidas, las retenciones efectuadas y los pagos realizados durante ese período.
La Declaración Jurada de IRPF es el documento mediante el cual se informa esa liquidación anual a DGI. La presentación se realiza utilizando el formulario 1102 cuando liquidamos el impuesto como persona física y utilizando el formulario 1103 cuando optamos por realizar la liquidación como núcleo familiar.
En otras palabras, es la forma de determinar si el impuesto retenido y abonado durante el año fue suficiente o si corresponde pagar una diferencia o solicitar una devolución.
Las Declaraciones Juradas de IRPF se presentan al año inmediato siguiente al que se está declarando. Por ejemplo, en el año 2026 se presenta la Declaración Jurada de IRPF correspondiente al año 2025.
La DGI establece cada año los plazos para presentar la Declaración Jurada de IRPF, cuyos vencimientos suelen ubicarse entre los meses de junio y agosto. Podés consultar el calendario de vencimientos actualizado directamente en el sitio web de DGI.
¿Es obligatorio presentar una Declaración Jurada de IRPF
No siempre. Si bien la regla general es que todos los contribuyentes de IRPF deben presentar una Declaración Jurada, existen situaciones en las que DGI los exime de esa obligación.
De todos modos, aunque no estés obligado a presentarla, igualmente podés hacerlo si te resulta conveniente, por ejemplo para solicitar una devolución de IRPF.
¿Quiénes no están obligados a presentar la Declaración Jurada de IRPF?
En general, no tenés que presentar la Declaración Jurada de IRPF si durante 2025 te encontraste en alguno de los siguientes escenarios:
Escenario 1. Trabajaste todo el año para un único empleador
No estás obligado a presentar la declaración si:
Todos tus ingresos fueron como trabajador dependiente.
Tuviste un único empleador durante todo el año.
Percibiste ingresos en diciembre de 2025.
No optaste por liquidar el IRPF como núcleo familiar.
Escenario 2. Trabajaste para un único empleador, pero no cobraste en diciembre
Tampoco estás obligado a presentar la declaración si:
Todos tus ingresos fueron como trabajador dependiente.
Tuviste un único empleador durante todo el año.
No percibiste ingresos en diciembre de 2025.
No optaste por liquidar el IRPF como núcleo familiar.
Tus ingresos anuales no superaron las 150.000 UI, lo cual equivale a $963.510.
Escenario 3. Tuviste más de un empleo, pero tus ingresos fueron bajos
El último caso en que no estás obligado a presentar la declaración es cuando:
Todos tus ingresos fueron como trabajador dependiente.
No optaste por liquidar el IRPF como núcleo familiar.
Tus ingresos anuales no superaron las 150.000 UI, lo cual equivale a $963.510.
En caso de haber tenido empleos simultáneos, presentaste el Formulario 3100 ante uno de los empleadores.
Si tenés dudas sobre tu situación particular, es recomendable analizar el caso concreto, ya que pequeños cambios pueden modificar la obligación de presentar la declaración.
¿Quiénes están obligados a presentar Declaración Jurada de IRPF?
Las personas que no se encuentran comprendidas en ninguno de los 3 escenarios anteriores, deben presentar la Declaración Jurada de IRPF.
Algunos de los casos más frecuentes son los siguientes:
Caso 1. Prestaste servicios como independiente
Las personas que obtuvieron ingresos por servicios personales fuera de la relación de dependencia, deben presentar la Declaración de IRPF.
Por ejemplo:
Profesionales universitarios afiliados a cajas profesionales.
Trabajadores independientes afiliados a BPS.
Caso 2. Tuviste dos empleos al mismo tiempo
Las personas que tuvieron dos o más empleos al mismo tiempo, probablemente deban presentar la Declaración de IRPF.
Caso 3. Cambiaste de trabajo durante el año
Las personas que durante el transcurso del año 2025 trabajaron para más de un empleador, porque cambiaron de trabajo, probablemente deban presentar la Declaración de IRPF.
Caso 4. No obtuviste ingresos en diciembre
Las personas que no obtuvieron ingresos en diciembre del 2025, porque no tenían trabajo, probablemente deban presentar la Declaración de IRPF.
Caso 5. Querés solicitar una devolución de IRPF
Aunque no exista obligación de presentar la Declaración, muchas personas la realizan para obtener devoluciones de IRPF vinculadas a:
Alquiler de vivienda.
Cuotas de préstamo hipotecario.
Cuotas de cooperativas de vivienda.
Caso 6. Optaste por liquidar como núcleo familiar
Las personas que eligieron liquidar el IRPF como núcleo familiar deben presentar su Declaración Jurada de IRPF.
¿Qué sucede si surge un saldo a favor en la Declaración Jurada de IRPF?
Si luego de realizar la liquidación anual de IRPF surge un importe a cobrar, existen dos alternativas:
Opción 1. Solicitar la devolución del dinero
La devolución de IRPF puede cobrarse:
En efectivo: para esto la persona debe presentarse con su cédula de identidad en un local de Abitab.
En una cuenta bancaria: para esto la persona debe informar su número de cuenta bancaria ante DGI antes de presentar la Declaración.
Opción 2. Solicitar un certificado de crédito
También es posible solicitar un certificado de crédito que luego podemos utilizar para pagar impuestos ante DGI.
¿Qué sucede si surge un saldo a pagar en la Declaración Jurada de IRPF?
Si luego de realizar la liquidación anual de IRPF surge un importe a pagar, es posible pagarlo al contado o financiarlo en 5 cuotas sin intereses.
Existen plazos de vencimiento para realizar dichos pagos sin multas ni recargos. Por eso, es importante no esperar a último momento para realizar la liquidación y conocer con anticipación si existe un saldo pendiente.
¿Tengo que presentar la Declaración Jurada de IRPF?
Determinar si corresponde presentar la Declaración Jurada de IRPF no siempre es tan sencillo como parece. Haber cambiado de trabajo, tener más de un trabajo, o realizar actividades independientes puede generar la obligación de presentar la declaración, incluso cuando durante el año ya te realizaron retenciones.
Si tenés dudas sobre tu situación particular o necesitás ayuda para confeccionar tu Declaración Jurada de IRPF, podés consultar con nosotros. Analizaremos tu caso y te ayudaremos a cumplir correctamente con tus obligaciones ante DGI.


